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Sesiones Ordinarias

Finaliza el período de Sesiones OrdinariasEl 15 de diciembre concluye el año legislativo y hasta el último día de febrero sólo se podrá convocar, de ser necesario, a Sesiones Extraordinarias por razones de gravedad y con temario específico.

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el artículo 74 determina que la Legislatura sesiona en forma ordinaria "desde el primero de marzo al quince de diciembre de cada año". De manera que este miércoles comienza el período de Sesiones Extraordinarias que se extenderá hasta el lunes 29 de febrero del año 2016, es decir, "el último día de febrero" según establece el Reglamento Interno del Cuerpo parlamentario porteño en el artículo 66°.

En ese lapso, de acuerdo a lo que indica el texto constitucional, "La Legislatura puede ser convocada a sesiones extraordinarias, siempre que razones de gravedad lo reclamen, por el Jefe de Gobierno, por su Presidente o a solicitud de un tercio de sus miembros", es decir 20 diputadas/os. Y según lo dispone el artículo 66° de la normativa interna, con temario específico.

Además, el artículo 68° establece que la convocatoria a extraordinarias puede ser: "A solicitud de un tercio del total de las Diputadas y Diputados" y "Por la Jefa de Gobierno o el Jefe de Gobierno cuando hubiere razones de gravedad y urgencia". "En caso de recepción de un decreto de necesidad y urgencia durante el receso, la convocatoria debe efectuarse por cualquiera de las modalidades establecidas en los incisos anteriores, dentro de los diez días corridos de su recepción", agrega.

El XIX Período de Sesiones Ordinarias será inaugurado con un mensaje del Jefe de Gobierno, Lic. Horacio Rodríguez Larreta, que dará en el Recinto del Palacio Legislativo el martes 1 de marzo de 2016. Así comenzará la tercera gestión consecutiva del PRO en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Revista Vasos Comunicantes